La regulaciĂłn fiscal en la industria de la transportaciĂłn es un tema que ha presentado mĂşltiples cambios y transformaciones que aĂşn son controversiales. Fue en mayo del 2021, cuando la SecretarĂa de AdministraciĂłn Tributaria (SAT) estableciera como requisito un nuevo complemento a la carta porte para el transporte de mercancĂas en donde se decretaba junio 2021 como fecha para que las empresas implementaran de manera obligatoria el dicho complemento.
Factores como: el periodo de tiempo para ejecutar este complemento, la capacitaciĂłn del personal, la implementaciĂłn de sistemas y la reestructuraciĂłn en los procesos actuales de las compañĂas de transporte mostraron una necesidad en la extensiĂłn de tiempo para instaurar la obligatoriedad. Fue asĂ como el organismo fiscal ofreciĂł un plazo a enero 2022 como obligatoria, en donde hasta marzo 2022 se manejarĂa un periodo de transiciĂłn para emitir correctamente el complemento sin aplicaciĂłn de multas o sanciones, estableciendo el 1 de abril del presente año como inicio para la omisiĂłn de errores en donde un error representarĂa un costo para la empresa transportista.
Hasta el momento siguen vigentes preocupaciones e inquietudes en torno a las actualizaciones a la ResoluciĂłn Miscelánea Fiscal 2021-2022. Esto deja un panorama muy abierto y preocupante a la industria del transporte al no tener muy clara la forma de ejecutar la normativa, asĂ como lo que podrĂa generar su incumplimiento. En opiniĂłn de personal clave los lineamientos que presenta este nuevo complemento tienden a complicar la operaciĂłn, ya que la estructura dificulta más la actividad de los transportistas en lugar de facilitar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Lo cierto es que, aunque se tenga la opiniĂłn de que los efectos no son lo mejores para esta industria, se tiene que cumplir para continuar en el mercado. Una problemática se presentará en aquellas empresas que no cuenten con la tecnologĂa en tĂ©rminos de sistemas para poder cumplir con la norma. En la industria del transporte se debe generar una visiĂłn de adaptaciĂłn y no solamente de cumplimiento, ya que de acuerdo con la informaciĂłn el incumplimiento o error pueden generar grandes gastos econĂłmicos.
De acuerdo ArtĂculos 29, 29-A, 83 fracciĂłn XII, 84 fracciĂłn XI, y 103 fracciones XXII y XXIII del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.7.1. y 2.7.7.2. de la RMF para 2022. En caso de no expedir o acompañar la representaciĂłn impresa en papel o digital, de la factura de tipo ingreso o traslado con complemento carta porte amparando el traslado en territorio nacional la sanciĂłn irĂa de los $760 a $14,710 pesos.
De no expedir la factura con complemento Carta Porte la empresa podrĂa tener una infracciĂłn desde los $17,020 a los $97,330 pesos, en donde las autoridades podrán clausurar el establecimiento del contribuyente por un plazo de tres a quince dĂas. Tratándose de contribuyentes que tributan al TĂtulo IV, CapĂtulo II, SecciĂłn II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la multa irĂa desde los $1,490 a $2,960 pesos, en donde en caso de reincidencia la clausura será el mismo plazo mencionado anteriormente. Fundamento: ArtĂculos 29, 29-A, 83 fracciĂłn VII y 84 fracciĂłn IV del CFF, reglas 2.7.1.8., 2.7.1.33. y 2.7.7.1. de la RMF para 2022.  Â
Cabe mencionar que las cantidades monetarias citadas se actualizarán anualmente, en donde podrán ser revisadas en el Anexo 5 de la RMF, disponible en el Portal del SAT.
En las primeras semanas de la implementaciĂłn del nuevo complemento Carta Porte, la CONATRAM mencionĂł que la regla ocasionĂł demoras en el despacho y entrega de mercancĂas, asĂ como pĂ©rdidas monetarias en las empresas.
Entre los pendientes de la ResoluciĂłn Miscelánea Fiscal 2021 está una regla 2.7.7.10. que ampara el transporte de carga transfronterizo, buscando que el SAT incluya a los vehĂculos C2 o rabones en la excepciĂłn para elaborar el complemento Carta Porte cuando se transite por vĂas federales en distancias no mayores a los 30 kilĂłmetros.
Desde el primer comunicado de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021 se han implementado múltiples cambios que no permiten a la industria del transporte aclarar la reforma. La importancia de estar informados es esencial como contribuyentes para adaptarse a estas nuevas obligaciones. Aún se encuentra el periodo de transición lo que permite a mayor número de empresas seguir informándose e implementar lo que solicita el órgano fiscal.
Ejecutar la factura con el nuevo complemento Carta Porte, es una obligaciĂłn, si no es realizado las consecuencias serán la omisiĂłn de la operaciĂłn, ya que el pagar mĂşltiples multas no será saludable para el aspecto financiero de la empresa. Contar con un sistema que ofrezca cumplir con este requisito será indispensable para su compañĂa.